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Documentación para mujeres

Corte ampara a mujer chinanteca que pasó 78 días presa por un programa social y ordena revisar su reclamo de indemnización

05/11/2026 · Jaime Guerrero

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo a una mujer chinanteca de Oaxaca que pasó 78 días en prisión acusada de peculado por su participación en un programa de crianza de cerdos y que después reclamó una indemnización. La Corte ordenó que el caso se revise de nuevo. El proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra fue aprobado por unanimidad el 4 de noviembre.

El caso

Carmen, como se le identifica en el proyecto, es una campesina de autoconsumo, adulta mayor, que no sabe leer ni escribir y que hablaba únicamente su lengua indígena. Vive en una comunidad rural de Oaxaca, a ocho horas de la capital.

Fue registrada como vocal de control y vigilancia de un grupo social que recibió 175 mil pesos de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) para un proyecto de producción y comercialización de cerdos. Según el expediente, poco después dejó el grupo y no recibió recurso alguno. Declaró que le pidieron copia de su credencial y que puso sus huellas en un documento en español, sin que le explicaran el cargo.

En 2012, la dependencia presentó una denuncia por peculado contra ella y las demás integrantes por la falta de comprobación de los recursos. Carmen fue detenida en junio de 2019 e ingresó al Centro de Reclusión Femenil de Tanivet, en Tlacolula de Matamoros. Se le fijó una garantía de 181 mil pesos que no podía pagar; una jueza la redujo a 5 mil. Permaneció 78 días privada de la libertad y fue liberada por falta de pruebas.

Lo que resolvió la Corte

Tras salir libre, Carmen reclamó a la actual Secretaría de Bienestar una indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado. La dependencia la declaró infundada, y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó el rechazo el 10 de septiembre de 2025.

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La SCJN consideró que el tribunal ignoró las barreras lingüísticas y culturales que ella enfrentó. Entre otros puntos, descartó un dictamen etnológico por presentarse en copia simple en lugar de pedir el original, dejó sin valorar otras pruebas y le exigió demostrar que la dependencia actuó mal, cuando a ella solo le correspondía acreditar el daño y su relación con la actuación administrativa.

La resolución deja sin efectos la sentencia y ordena al TFJA emitir una nueva decisión, que revise todas las pruebas y determine si existió responsabilidad patrimonial del Estado y corresponde indemnizarla. También señala que no bastaba mencionar que era una mujer indígena y adulta mayor: debía explicarse cómo esas condiciones, junto con la barrera del idioma, influyeron en su posibilidad de comprender el programa y defenderse.

El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, dijo durante la discusión que cuando faltan elementos para comprender esas desigualdades, intervenir es «obligación constitucional». La Corte no determinó que Carmen deba ser indemnizada; esa decisión corresponde ahora al TFJA.