El Supremo dicta que la ‘estelada’ en edificios públicos es “partidista”
Subraya la exigencia de neutralidad en los edificios públicos, que “se agudiza en periodos electorales”.
Esos plenos, alegaba Convergència, están “formados por concejales elegidos democráticamente”, y en sus decisiones “se plasma, por consiguiente, la voluntad popular”.
«Creemos que esta sentencia será muy importante para conseguir lo que llevamos años reclamando: que el espacio público en Cataluña sea neutral», afirmó Arenas.
SCC exigía la retirada de esas banderas, “al menos en época electoral”.
Convergència recurrió ante el Supremo, con dos argumentos: el primero, que la estelada “no es una bandera partidista, ya que no corresponde a ningún partido político”; el segundo, que su colocación en edificios públicos respondía “al obligado cumplimiento por parte de los alcaldes de los acuerdos adoptados por los plenos de los Ayuntamientos”.
Fuente: http://elpais.com/politica/2016/05/05/actualidad/1462473908_855793.html

