El delito de discriminación se integró al Código Penal de Baja California, dentro del capítulo séptimo sobre delitos contra la dignidad de las personas, tras aprobarse por unanimidad en el Congreso del estado.
El texto aprobado por unanimidad señala que no se considerarán discriminatorias «todas aquellas medidas tendientes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos».
Sin embargo, la reforma al Código Penal señala que tampoco se considerarán discriminatorias las manifestaciones y expresiones «hechas por persona alguna que tenga sustento en dogma de fe, adoctrinamiento religioso, objeción de conciencia o libertad de cátedra”.
La reforma también señala que al servidor público que cometa alguna de estas conductas se le podrá imponer la destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, de conformidad con los plazos que señala la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Baja California.
Mexicali,BC.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/09/02/integran-discriminacion-al-codigo-penal-de-baja-california
