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Por vulnerar equidad e imparcialidad en la contienda, INE pide a AMLO eliminar o modificar «mañaneras» de 7, 11, 12 y 22 de marzo y 1 de abril

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió, por unanimidad de votos, seis medidas cautelares solicitadas por diversos ciudadanos y partidos, por la presunta vulneración al principio de equidad e imparcialidad en la contienda, actos anticipados de campaña y uso indebido de la pauta, en el marco del Proceso Electoral Federal 2024.

Los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), respectivamente, denunciaron al Titular del Ejecutivo Federal y a diversos funcionarios públicos, por las manifestaciones realizadas en las conferencias de prensa matutinas celebradas los días 7, 11, 12, 13 y 22 de marzo, así como la del 1 de abril de 2024 en las que, a decir del quejoso, se busca influir en las preferencias electorales de la ciudadanía en favor del partido político MORENA y de su candidata a la Presidencia de la República.

La Comisión resolvió que algunas expresiones realizadas en las conferencias de los días 7, 11, 12 y 22 de marzo y 1 de abril del año en curso, podrían vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del Proceso Electoral Federal en curso, al ser de índole electoral, o bien, tener contenido de propaganda gubernamental, razón por la cual, ordenó a los mandatarios realizar las acciones y gestiones necesarias para eliminar o modificar, de cualquiera plataforma oficial, las publicaciones que contengan los audiovisuales y/o versiones estenográficas de las conferencias motivo de análisis.

Asimismo, el órgano colegiado consideró oportuno reiterar al Ejecutivo Federal abstenerse, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, así como de difundir propaganda gubernamental distinta a la exceptuada por el artículo 41 constitucional, Base III, apartado C, y 21 de la Ley General de Comunicación Social.

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Movimiento Ciudadano (MC) denunció al partido político Futuro y a José Pedro Kumamoto Aguilar, por la difusión del spot denominado UN MEJOR FUTURO PARA ZAPOPAN, versión para televisión, pues a decir del quejoso, el contenido omite señalar el cargo por el que contiende el denunciado.

Al respecto, la Comisión concluyó que no es posible advertir de manera gráfica, ni auditiva que la persona que ahí aparece de forma preponderante es candidato a la presidencia municipal de Zapopan, Jalisco, postulado por la coalición “Seguimos Haciendo Historia en Jalisco”.

Por lo anterior, ordenó al partido político denunciado sustituir el promocional y a las concesionarias suspender su difusión.

En el primer asunto, Jorge Álvarez Máynez denunció a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y a los partidos que integran la coalición “Fuerza y Corazón por México”, por la difusión de un video en la red social X que, a decir del quejoso, es de naturaleza política y se trata de propaganda electoral en periodo de intercampaña.

En otro caso, un ciudadano presentó queja en contra de Adrián Rubalcava Suárez, candidato al Senado de la República postulado por MORENA, por la difusión de un video en la plataforma TikTok que, a decir del quejoso, podría constituir actos anticipados de campaña en favor de las candidatas a la Presidencia de la República, a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y de su candidatura al Senado.

La Comisión, en ambos procedimientos, resolvió que se trata de actos irreparables, toda vez que el inicio de las campañas electorales fue el pasado 1 de marzo, por lo que no se advierte urgencia o peligro en la demora que justifique el retiro de los materiales denunciados.

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En los casos en los que se denunció uso indebido de recursos, culpa in vigilando y promoción personalizada de los partidos involucrados, precisó que serán temas que analizará la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo de los asuntos.

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