SALA XALAPA DEL TEPJF DEJA FIRME ELECCIÓN DE SAN MARTÍN ITUNYOSO
La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que había anulado la elección de concejalías en San Martín Itunyoso, al determinar que la modificación al Sistema Normativo Interno (SNI) fue una decisión legítima de la Asamblea General Comunitaria.
Municipio de la región Triqui Alta. Se rige por Sistemas Normativos Internos (Usos y Costumbres). En estas comunidades, la Asamblea General es la máxima autoridad, con poder superior incluso a las convocatorias emitidas por los comités electorales, siempre que se garantice la participación democrática.
En el expediente SX-JDC-154/2026, el tribunal federal dejó sin efectos la resolución del TEEO, que había revocado el acuerdo del IEEPCO mediante el cual se declaró válida la elección ordinaria de concejalías.
La modificación al método electivo —que consistió en elegir a todas las autoridades en duplas durante una única asamblea, en lugar de tres distintas como anunciaba la convocatoria— fue propuesta desde la mesa de debates y adoptada por la Asamblea General Comunitaria en su carácter de máxima autoridad.
«Desde una perspectiva intercultural y a partir de la maximización del ejercicio de la libre determinación de la comunidad, se estima que no resultaba necesario que el cambio realizado se plasmara en la convocatoria», señaló el tribunal federal.
La Sala concluyó que el cambio se realizó de manera pública y que no afectó los derechos de participación política de la ciudadanía. En consecuencia, declaró la validez de la elección y ordenó dejar sin efectos los actos ejecutados en cumplimiento a la sentencia revocada.
Legalidad vs. Crisis Social
La Sala Xalapa ha fallado a favor de la «autonomía», un triunfo legal impecable bajo la óptica del pluralismo jurídico. Sin embargo, este fallo ocurre en un vacío de justicia social. San Martín Itunyoso atraviesa una crisis profunda tras la desaparición de la joven agrónoma Roxana López Sánchez en febrero pasado, caso que vincula al entorno del edil electo, Vilgaid López Guadalupe. Al dejar firme la elección, el Tribunal Federal valida el proceso, pero ignora el contexto: una comunidad fracturada donde la «libre determinación» corre el riesgo de ser capturada por grupos de poder local bajo la sombra de la impunidad.
En el expediente SX-JDC-155/2026, la Sala también confirmó la elección de San Miguel Tlacotepec, determinando que la reubicación de casillas no contravino las normas comunitarias ni alteró el resultado.
Ambas resoluciones fueron aprobadas por unanimidad de votos de las magistradas Roselia Bustillo Marín, presidenta de la Sala, y Eva Barrientos Zepeda, así como del magistrado José Antonio Troncoso Ávila.
AMI: Decodificando el Lenguaje Electoral
¿Por qué una Sala Regional revoca lo que dijo el tribunal estatal? En el sistema electoral mexicano, la Interculturalidad es un principio que obliga a los jueces a no aplicar las reglas rígidas de los partidos políticos a las comunidades indígenas. El error del tribunal local (TEEO) fue pedir «trámites burocráticos» (como publicar cambios en la convocatoria) a una Asamblea que, por derecho ancestral, puede cambiar sus reglas en el momento mismo de la votación si hay consenso mayoritario.
