Este caso sin duda se enmarca en la sentencia que dictó el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP) sección México el 15 de noviembre de 2014, al señalar que el Estado mexicano tiene responsabilidad por desvío de poder (tal como fue definido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gallardo, Informe 43/96) .
Así fue señalado por la CIDH: La comisión considera que ha existido una actitud anómala por parte del Estado mexicano que configura una desviación de poder.
Nestora Salgado, comandanta de la policía comunitaria de Guerrero, institución reconocida jurídicamente, permaneció en la cárcel 31 meses siendo inocente, así quedó demostrado y fue finalmente liberada el pasado 18 de marzo.
En efecto, ante el TPP se mostraron evidencias sobre el patrón de continuidad de la utilización de las instituciones fundamentales del Estado para fines distintos de aquellos para los que fueron creadas.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2016/03/22/opinion/019a2pol
