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Niegan registro a candidata de Morena en San Jacinto Amilpas por violencia política en razón de género

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  • *La presidenta municipal con licencia desacató 3 sentencias condenatorias. 
Pedro MATÍAS

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) negó el registro de Yolanda Adelaida Santos Montaño como candidata de Morena a la presidencia municipal de San Jacinto Amilpas, al incumplir tres sentencias condenatorias por violencia política en razón de género.

Ante el desacato de Santos Montaño, se vinculó a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado para dar cumplimiento a las referidas sentencias en cuanto hace a los pagos retenidos a las regidoras afectadas.

Sin embargo, a la fecha, no se ha restaurado a esas personas en el ejercicio del cargo, tampoco se ha llevado a cabo la disculpa pública ordenada.

En sesión publica, el Tribunal confirmó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca con número IEEPCO-CGT-57/2021.

Mediante ese acuerdo negó el registro de Yolanda Adelaida Santos Montaño, quien pretendía reelegirse.

Sin embargo, al ser denunciada por violencia de género por regidoras del ayuntamiento se le cayó la candidatura.

La decisión se tomó por unanimidad con el argumento de que en el juicio ciudadano identificado con la clave JDC/158/2021, Santos Montaño tiene en su contra tres sentencias condenatorias.

Es por haber cometido violencia política en razón de género, y que no ha acatado en su totalidad la sentencia.

Puesto que los aspectos a los que ha dado cumplimiento solo han sido por lo múltiples medios de apremio impuestos, y no por voluntad propia.

En consecuencia, este órgano jurisdiccional consideró que Santos Montaño tiene por desvirtuada la presunción de contar con un modo honesto de vivir.

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Como obra en autos de los expedientes JDC/142/2017 y acumulados, se advierte que la actora, en su calidad de autoridad responsable en aquellos medios de impugnación -a pesar de los múltiples requerimientos realizados por este Tribunal-, no acreditó haber cumplido con las sentencias dictadas en los expedientes: JDC/138/2019 y acumulados, JDC/28/2020 y JDC/38/2020; JDC/68/202 y JDC/90/2020; juicios en los que se confirmó la violencia política en razón de género.

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