La difusión en video de niñas y niños consumiendo bebidas alcohólicas durante la ceremonia de clausura de la escuela primaria bilingüe Guialguie, en Santiago Quiavicuzas, derivó en la apertura inmediata de expedientes sancionadores por la probable comisión de faltas administrativas e ilícitos penales contra funcionarios educativos.
Inducción al alcoholismo en primaria de la Sierra Sur desata carpetas penal y administrativa: IEEPO y Prodennao indagan
Autoridades exigen explicaciones tras viralizarse el consumo de bebidas alcohólicas por parte de menores en la escuela Guialguie.
La intervención institucional y la omisión docente
Tras la circulación masiva en redes sociales del festejo escolar de la generación 2023-2026 realizado el pasado 9 de julio, donde menores aparecían en estado de ebriedad consumiendo cervezas sin la intervención de ningún adulto, el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) activó a su Órgano Interno de Control abriendo un expediente en el Área de Quejas enfocado directamente en la cadena de mando de servidores públicos.
Buscando responsabilizar a las autoridades que permitieron el acto por omisión o complicidad, el Encargado de la Unidad de Educación Indígena del IEEPO emitió el oficio oficial IEEPO/SGSE/UEI/0901/2026 hacia la Jefa de Zonas de la Supervisión 01 en la región Mixe, exigiéndole rendir cuentas y entregar un informe pormenorizado de los hechos.
En paralelo a la ruta laboral-administrativa, el Estado solicitó la intervención de la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca (Prodennao), la cual ha instaurado de oficio el expediente de protección cautelar número 1039/PRODENNAO/SAAJ/2026.
Las penas aplicables según el Código Penal
La gravedad del caso rebasa una simple sanción escolar o sanción viral; se inscribe directamente en el ámbito punitivo. De acuerdo con el marco jurídico vigente, el artículo 194 del Código Penal de Oaxaca es inflexible: contempla penas de cinco a diez años de prisión y multas de 500 a mil días para quien induzca, procure, facilite u obligue a menores de 18 años al consumo de bebidas embriagantes. Hasta el cierre de esta edición, ni el cuerpo docente ni la autoridad municipal de San Carlos Yautepec han ofrecido un pronunciamiento público, manteniendo el mutismo institucional.
¿Qué rol juega la comunidad?
¿Qué nivel de sanción consideras que deben enfrentar los comités de padres de familia y las autoridades escolares que permitieron la distribución de cerveza durante una actividad infantil oficial?
¿Cómo reportar y consumir notas que involucran a menores sin vulnerar sus derechos?
Cuando un video escandaloso protagonizado por menores de edad se vuelve viral, la difusión masiva y sin filtros en redes sociales suele revictimizar a las infancias, exponiendo su identidad de forma indeleble en internet y causándoles un daño moral a largo plazo.
Los medios éticos tienen la obligación estricta y legal de proteger el rostro y el anonimato de las niñas y niños. Un ciudadano alfabetizado mediáticamente aprende a evaluar la calidad de una nota periodística por la fiscalización que esta realiza a las autoridades responsables (en este caso, el IEEPO y la Supervisión Escolar) y rechaza consumir o compartir contenidos digitales y videos sin censura que lucren morbosamente con la exposición de rostros infantiles en situación de vulnerabilidad.
¿Para cuándo las suspensiones de cargo?
Cuestionamos directamente a la Dirección General del IEEPO: Si el material audiovisual aporta pruebas innegables de la omisión y negligencia en el plantel, ¿en qué fecha se anunciará la suspensión precautoria o inhabilitación administrativa del cuerpo directivo y docente involucrado, mientras se resuelve su culpabilidad penal?
