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Atrae Suprema Corte amparos contra proyecto eólico de transnacional Mitsubishi sobre consulta indígena

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Pedro MATÍAS

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo los amparos interpuestos por comunidad zapoteca de Juchitán sobre la consulta indígena para la implementación del proyecto eólico de la empresa Eólica del Sur, filial de la transnacional Mitsubishi, confirmó el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC).

La Primera Sala de la Suprema Corte sesionó públicamente el pasado dos de mayo y decidió atraer para su resolución el fondo del asunto, los amparos en revisión 166/2017 y 476/2017, presentados en contra de las sentencias dictadas por los Juzgados Séptimo y Sexto de Distrito (respectivamente) con residencia en Salina Cruz, Oaxaca.

Los amparos fueron interpuestos por indígenas zapotecas contra la consulta indígena realizada durante 2014 y 2015 en la comunidad de Juchitán de Zaragoza, para la implementación del proyecto eólico de la empresa Eólica del Sur, filial de la transnacional Mitsubishi.

Recordaron que esa fue la primera Consulta a una comunidad indígena en México desarrollada en el marco de la reforma energética del 2013.

Mencionaron que en ese proceso de “consulta” existieron violaciones por parte de las autoridades mexicanas, a los estándares internacionales que debe cumplir una consulta.

Entre las violaciones se encuentran: el otorgamiento de los permisos por parte de las autoridades administrativas para la generación de energía eléctrica y la autorización de impacto ambiental antes de que la comunidad fuera consultada.

Así como la falta de acceso a la información pertinente, suficiente, útil y de calidad; la ausencia de adecuación cultural del procedimiento a las necesidades culturales de la comunidad, y la falta de cuidado de las autoridades responsables del proceso frente a la cosmovisión indígena zapoteca de la comunidad; lo anterior, además de la existencia de más de 30 incidentes de seguridad.

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No obstante, las violaciones referidas, dicho proceso pretende ser replicado como el modelo de “consulta” del Estado Mexicano para futuros proyectos de energía aún violentando la obligación de ser previa, libre, informada y culturalmente adecuada. Por ello, es trascendental que la Suprema Corte analice las violaciones a derechos humanos cometidas antes y durante el proceso de consulta.

Mencionaron que con la resolución de los amparos en revisión atraídos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dotaría de contenido mínimo a principios que regirían el derecho humano a la Consulta, además de sentar un precedente histórico que reivindicaría al Estado Mexicano, que generalmente ha invisibilizado a los pueblos y comunidades indígenas sobre la toma de decisiones sobre la tierra, el territorio y los recursos naturales.

Cabe señalar que el 24 de abril pasado, en el marco del Foro Permanente de la ONU para las Cuestiones Indígenas, autoridades mexicanas reconocieron que el Estado Mexicano tiene una deuda pendiente con los pueblos indígenas en la implementación del derecho a la consulta a pueblos y comunidades indígenas en los casos en que se impulsen mega proyectos en sus territorios por lo que la aportación de la Suprema Corte de Justicia sería sustancial y aportaría a saldar de alguna forma parte de la deuda que se tiene con los pueblos y comunidades indígenas del país, en términos de justicia.

La implementación de megaproyectos de energía “renovable” en la región del Istmo de Tehuantepec, ha obligado a las comunidades a reorganizarse en torno a la defensa de su territorio. La comunidad zapoteca de Juchitán de Zaragoza inició, desde 2013, un proceso de defensa legal y organizativa de su tierra y territorio con el acompañamiento de ProDESC; esta serie de amparos se suma a las diversas acciones legales que la comunidad zapoteca ejerce en defensa de sus derechos.

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