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Por Ley, parejas deciden orden de apellidos en sus hijos o hijas

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Jaime GUERRERO
OAXACA, (página3.mx).- La LXIII Legislatura local reformó el Código Civil de Oaxaca para garantizar la libertad del padre y la madre de elegir el orden de los apellidos de sus hijos o hijas.

El dictamen fue presentado por la Comisión de Administración de Justicia y fue aprobado por unanimidad del pleno del Congreso del Estado. Diputados del PRI, PAN, PRD, PT, Morena, PES y PVEM, avalaron sin aspavientos esa reforma.
Al subir a tribuna, el coordinador de los diputados del Partido Acción Nacional (PAN), Juan Mendoza Reyes, explicó que el decreto de reforma a los artículos 67, la fracción quinta del artículo 68; y adicionar un segundo párrafo al artículo 69 y al 72 del Código Civil, es una de las decisiones más importante para el núcleo familiar, “en particular, para los progenitores, consiste en determinar el nombre de sus hijos”.
Con la reforma al código civil, destacó, que los padres tienen el derecho de nombrar a sus hijos sin injerencias arbitrarias del Estado, y esta garantía no sólo implica el elegir el nombre, sino establecer el orden de sus apellidos.
“Privilegiar el apellido paterno persigue mantener concepciones y prácticas discriminatorias en contra de la mujer. Tal objetivo es inaceptable desde el derecho a la igualdad de género, el cual está reconocido en el artículo 4° de la Constitución, y artículos primero de la Convención para la Eliminación de la Violencia en contra de la Mujer; tercero del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos; primero de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de manera general, y específicamente, en el artículo sexto de la Convención Belem do Pará”, indicó.
El reconocimiento constitucional de este derecho, apuntó, tiene como objetivo reafirmar el igual valor y dignidad de la mujer con respecto al hombre, por lo que ésta tiene derecho a intervenir en condiciones de equidad en todas las relaciones sociales, laborales y familiares en las que participe.
“Ni los roles, costumbres o prejuicios deben servir de pretexto para negarle el ejercicio de algún derecho. Todo lo contrario, el derecho a la igualdad impone que se adopten medidas apropiadas para eliminar los estereotipos y prácticas atingentes a los papeles de hombres y mujeres, que surgen de modelos de inferioridad de un sexo respecto a otro, o bien de las funciones de género, las cuales no necesariamente están definidas por el sexo”, concluyó.
El coordinador de la Fracción Parlamentaria de Morena, Irineo Molina Espinoza, indicó que el dictamen de la prelación de los apellidos, va más allá de una postura partidista, al colocar a Oaxaca a la vanguardia en el tema de paridad de género.
“Tiene que ver con el derecho de igualdad, pero ante todo, con una visión legislativa moderna y como se predica en el ámbito internacional del cual no estamos aislados”.
Afirmó que el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Administración de Justicia –propuesta nacida de Morena– no es ocurrencia política de nuestra fracción, es lo que permea en los registros de identidad en países europeos.
Citó como ejemplo el Código Civil de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, aprobado en junio del 2014, con el fin de garantizar la equidad de género en la designación y transmisión de los apellidos.
“Consideramos que el poder decidir el orden de prelación de los apellidos, representa el respeto a los derechos humanos de igualdad y libertad entre hombres y mujeres, cuando ambos son capaces de adquirir obligaciones, y sin colocarlos en una situación de desventaja respecto del otro”, apuntó.
Afirmó que el aprobar esa reforma, implica un paso hacia a la equidad y fortalece el valor que tiene la mujer en el ámbito familiar y social.

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