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Emite CNDH recomendación a CFE y Fiscalía de Oaxaca por el caso de un niño que murió electrocutado

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La recomendación es dirigida a la CFE por la falta de debida diligencia en mantenimiento de las líneas de energía eléctrica en Nochixtlán /A la Fiscalía de Oaxaca por la indebida investigación de los actos y omisiones probablemente delictivos relacionados.

Pedro Matías

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).– La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 40 /2021 dirigida a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca sobre el caso de la violación de los derechos humanos de un menor de escasos ocho años que murió electrocutado.

Los hechos ocurrieron el 11 de agosto de 2019, alrededor de las 09:40 horas frente a un terreno baldío ubicado en la calle Ignacio Zaragoza de la colonia Santa Teresa, en el municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca, donde un menor sufrió una fuerte descarga eléctrica, que le privó de la vida al tocar un cercado, que se encontraba en contacto con un cable que se reventó y colgaba de un poste propiedad de CFE.

La recomendación es dirigida a la CFE por la falta de debida diligencia en las actividades de supervisión y mantenimiento de las líneas aéreas de distribución de energía eléctrica en el municipio de Nochixtlán y a la Fiscalía de Oaxaca por la indebida investigación de los actos y omisiones probablemente delictivos relacionados.

A mas de dos años, la familia del menor sigue esperando justicia sobre el caso de violación de los derechos humanos a la vida, la seguridad jurídica, acceso a la justicia en su modalidad de procuración y al principio del interés superior de la niñez, porque la fiscalía de Oaxaca no ha permitido que la Fiscalía General de la República (FGR) atraiga el caso pese a que se encuentra involucrada la CFE.

De acuerdo a la queja, la madre del pequeño informó que la mañana del 11 de agosto de 2019, su hijo sufrió una fuerte descarga eléctrica, que le privó de la vida al tocar un cercado, que se encontraba en contacto con un cable que se reventó y colgaba de un poste propiedad de CFE.

Conforme al certificado de defunción y necropsia practicado por el personal de la Subdirección de Servicios Periciales de la Vicefiscalía Regional de la Mixteca de la Fiscalía General local, la causa del deceso del menor fue electrocución, sin embargo, la Fiscalía General de Oaxaca no había emitido el certificado de defunción requerido, alegando que el médico legista se encontraba en su periodo de vacaciones y remitió, sin justificación alguna la Carpeta de Investigación a la Vicefiscalía Regional de la Mixteca, ubicada en el Municipio de Huajuapan de León, Oaxaca, que está a dos horas de la comunidad donde reside.

Pero sobre todo no declinó la competencia en favor de la Fiscalía General de la República, en cuanto a la presunta comisión de un delito del ámbito federal.

En la queja se resalta la falta de mantenimiento al cableado de energía eléctrica en el lugar de los hechos desde el 4 de enero de 2018, cuando el propietario del terreno donde perdió el menor los hizo del conocimiento de la CFE, por lo que dicha autoridad es la directamente responsable no solo de no haber atendido la queja de mantenimiento a su sistema eléctrico, sino de la muerte del pequeño por la omisión en sus acciones por ser la encargada de la protección, mantenimiento y funcionamiento de todo el sistema eléctrico en el país.

Con la finalidad de investigar los hechos denunciados esta Comisión Nacional inició el expediente CNDH/6/2020/1069/Q, en el que se requirió información a la CFE y a la Fiscalía General local, como autoridades responsables.

El dictamen Técnico de Accidente de Tercero reveló:“…encontrando que la obra construida no cumplía con lo establecido en las normas de distribución-construcción-instalaciones aéreas en media y baja tensión y de manera específica en la sección 02 00 08 ‘ altura mínima sobre el suelo de partes vivas de equipo instalado en estructuras ’…».

Por consiguiente, dicho dictamen establece que se incumple la distancia de seguridad derivado de los usos ilícitos colgados a la red y al reblandecimiento del terreno, que ocasionó se “desplomearan” los postes y se colgara la línea de baja tensión”.

Mientras que el director de Derechos Humanos de la Vicefiscalía General de Atención a Víctimas y a la Sociedad de la Fiscalía General local, informa que emitió el certificado de defunción requerido y expidió las copias solicitadas por la madre el menor, por lo que no se advierte alguna violación de derechos humanos por parte de alguna autoridad, precisando que la investigación se encuentra en su fase de investigación inicial.

Sin embargo, reconoce que no ha declinado competencia a favor de la Fiscalía General de la República; lo cual realizará, una vez que se hayan recabado los datos de prueba.

Con motivo de los hechos ocurridos el 11 de agosto de 2019, se inició la Carpeta de Investigación por el delito de homicidio en la Fiscalía local, la cual, conforme al acta circunstanciada de 17 de marzo de 2021, informó que dicha Carpeta de Investigación se encuentra en integración y pendiente de recabar dictámenes.

Es por ello que la CNDH emitió la recomendación al director General de CFE Distribución para reparar de forma integral el daño ocasionado a la madre soltera, quien perdió a su hijo de ocho años, con motivo de la responsabilidad en que incurrió el personal de la División Sureste de CFE Distribución.

La reparación deberá contemplar el pago de una compensación y/o indemnización justa y se remitan a esta Comisión Nacional, las pruebas que acrediten su cumplimiento. Y en colaboración con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se proceda a inscribir a la madre soltera y su hija de seis años en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Dio un plazo no mayor a tres meses, se obtenga un dictamen sobre el estado físico y de seguridad que guardan las líneas aéreas y demás equipo asociado a la Red de Energía Eléctrica ubicada en la Colonia Santa Teresa, municipio de Asunción Nochixtlán.

Y a la fiscalía de Oaxaca le recomendó que en un plazo no mayor a cinco días naturales, contados a partir de la aceptación de la Recomendación, deberá declinar la competencia en favor de la Fiscalía General de la República.

Y que se tomen las medidas para que se inscriban a las víctimas en el Registro Estatal de Víctimas de Oaxaca, para que tengan acceso al Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de Oaxaca.

Y que se inicie el procedimiento de investigación administrativa, en contra de quien o quienes resulten responsables de la violación al acceso a la justicia que se hace referencia en la presente recomendación, debiendo remitir a este Organismo Nacional las constancias con que se acredite su debido cumplimiento.

De no hacerlo así, concluido el plazo, dará lugar a que se interprete que no fue aceptada.nnn

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