En conjunto, las decenas de miles de desaparecidos son un indicador fehaciente de que el Estado ha venido incumpliendo una de sus obligaciones constitucionales básicas e irrenunciables: la defensa de la vida y la integridad de los habitantes del país.
Desde el punto de vista institucional, dos de los elementos más graves de cuantos confluyen en esta realidad son, por un lado, la indefinición jurídica en el marco normativo actual sobre el crimen de la desaparición y la ausencia de cifras oficiales confiables y unívocas.
El crimen perpetrado hace más de un año contra normalistas de Ayotzinapa en Iguala, sin que haya aún noticias verosímiles sobre el paradero de los estudiantes desaparecidos, ha sensibilizado a la sociedad en torno a un flagelo que dista de ser aislado, y que constituye uno de los rasgos más impresentables y significativos de la falta de evolución que acusa al país respecto de su pasado autoritario y represor.
Entre otros aspectos, el proyecto prevé la creación de un sistema nacional de búsqueda, en el que participen autoridades gubernamentales, familiares, víctimas y grupos de la sociedad civil; plantea elevar las penas (hasta 100 años) para los responsables de estos delitos; considera la formación de unidades especializadas de búsqueda a escala federal y estatal, las cuales deberán operar con base en protocolos especializados, e incluye la construcción de un solo registro de desaparecidos a escala nacional.
En uno de los momentos más críticos para la credibilidad de las instituciones nacionales, puestas en tela de juicio aquí y a escala internacional por su falta de capacidad para proteger las garantías fundamentales y procurar justicia, resulta oportuna la pretensión –impulsada por organizaciones civiles y autoridades– de crear un proyecto de ley general para prevenir el delito de desaparición forzada, que corrija los vicios y los factores de impunidad que posibilitan la reproducción de ese flagelo en el país.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2015/10/04/opinion/002a1edi
