MARCO APPEL/PROCESO
13 DE FEBRERO DE 2015
BRUSELAS (proceso.com.mx).- México incumple con las obligaciones que asumió al ratificar la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, concluyó el Comité de la ONU contra Desapariciones Forzadas tras examinar el pasado 2 y 3 de febrero la situación del país en la materia.
“El Comité considera que el cuadro normativo en vigor así como su aplicación y el desempeño de algunas autoridades competentes no se conforman plenamente con las obligaciones de la Convención”, señala la instancia de la ONU en el documento con sus observaciones finales, presentado hoy en Ginebra.
El documento de 11 páginas –cuya copia obra en poder de Apro–, determina que la información que recibió el Comité “ilustra un contexto de desapariciones generalizadas en gran parte” de México, “muchas de las cuales podrían calificarse como desapariciones forzadas, incluso iniciadas a partir de la entrada en vigor de la Convención” el 23 de diciembre de 2010.
Señala que “el grave caso” de los 43 estudiantes de Ayotzinapa “sometidos a desaparición forzada” en septiembre de 2014 en el Estado de Guerrero ilustra los “serios desafíos” que enfrenta México “en materia de prevención, investigación y sanción de las desapariciones forzadas y búsqueda de las personas desaparecidas”.
El Comité de Ginebra “alienta” a México a “aplicar sus recomendaciones” con el fin de asegurar que el marco jurídico existente y su aplicación por las autoridades federales, estatales y municipales “sean plenamente compatibles con los derechos y las obligaciones que establece la Convención”.
En ese sentido, el Comité plantea que el Estado mexicano podría aprovechar la “oportunidad que ofrece el hecho de que actualmente se están discutiendo diversas iniciativas a nivel legislativo”, y menciona en particular la posibilidad de adoptar una ley general en materia de desaparición forzada, para implementar las recomendaciones.
El Comité recomienda al Estado mexicano “aprobar a la mayor brevedad posible una ley general que regule de manera integral los aspectos de la desaparición forzada contenidos en la Convención”; “tomar las medidas necesarias para contar con un registro único nacional de personas desaparecidas”, o “asegurar que a nivel federal como estatal se ajusten plenamente las obligaciones consagradas en la convención”.
México ratificó la Convención en marzo de 2008.