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En Oaxaca inician ciclo escolar este lunes más de 1 millón 300 mil niñas y niños

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Jaime GUERRERO

OAXACA, (página3.mx).- De acuerdo con el calendario lectivo establecido por la Secretaría de Educación Pública (SEP), este lunes 24 de agosto, más de 1 millón 300 mil niñas y niños de Oaxaca inician el ciclo escolar 2015-2016 en los cerca de 13 mil planteles públicos y privados de educación preescolar, primaria y secundaria.

Ya sin los integrantes de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) en 310 puestos claves del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), el ciclo escolar, que inicia este lunes 24 de agosto, concluirá el viernes 15 de julio de 2016 y constará de 200 días efectivos de clases.

El documento marca como suspensión de labores docentes el 16 de septiembre y 16 de noviembre de 2015, y el 1 de febrero, el 21 de marzo y el 5 de mayo de 2016; así como que el último viernes de cada mes no hay clases por la realización del Consejo Técnico Escolar.

Asimismo, prevé dos periodos vacacionales: del martes 22 de diciembre de 2105 al miércoles 6 de enero del siguiente año, por las fiestas navideñas, y del martes 22 de marzo al lunes 4 de abril de 2016, por Semana Santa y Pascua.

De acuerdo con el censo del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), son 83 mil maestros y maestras quienes tendrán que estar al frente de grupo para cumplir con el derecho constitucional a la educación de las y los niños.

Pese a los amagos del magisterio y el fracasado intento de iniciar clases el pasado 20 de agosto por parte de la dirigencia de la Sección 22 del SNTE encabezada por Rubén Núñez Ginés, en su rechazo al decreto que emitió el gobernador Gabino Cué Monteagudo para dejar fuera del IEEPO a 310 integrantes del magisterio, este día se inicia formalmente el ciclo escolar lectivo 2015-2016.

El pasado 20 de julio, el gobernador, emitió un decreto para dejar fuera a la Sección 22 del SNTE de los órganos de autoridad del IEEPO y ahora son el “Gobierno”: la Junta Directiva y de “Dirección y administración”, así como el director general.

En su artículo tercero establece que para el cumplimiento de sus objetivos tiene como parte de sus atribuciones las que la asigna la Ley General de Educación y la Ley General de Servicio Profesional Docente, las cuales establecen los procesos de evaluación para las y los maestros, así como las medidas laborales bajo las cuales se establece las pérdidas de plazas.

En artículo séptimo se estableció que la Junta Directiva estará integrada por el Gobernador del estado y titulares de la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Salud, Secretaría de Administración, Secretaría de Desarrollo Social y Humano, Secretaría de las Culturas y Artes de Oaxaca, un representante de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

Así como el director general que fungirá como Secretario Técnico y una persona comisionada quien será el Titular de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental.

La Junta Directiva también tendrá las atribuciones de examinar y aprobar los proyectos de presupuesto anual de ingresos y egresos, así como la asignación de recursos humanos, técnicos, financieros y materiales que apoyen del desarrollo del IEEPO.

En el artículo décimo, párrafo catorce, se estableció que el con excepción del director general, la Junta Directiva, tiene la atribución de aprobar el nombramiento de todo personal que preste servicios al IEEPO que no forme parte del Servicio Profesional Docente, pudiendo delegar esta facultad al director general, únicamente para los niveles de subdirección, jefatura de departamento e inferiores.

El documento firmado por Cué Monteagudo, el Secretario General de Gobierno, Alfonso Gómez Sandoval y el Director General del IEEPO, Moisés Robles Cruz, reforma el decreto Número dos publicado en el extra del periódico oficial del Gobierno del Estado con fecha mayo 23 de 1992 que crea el IEEPO y en donde el ex gobernador Heladio Ramírez entregó la rectoría educativa a la sección 22 entones encabezada por Erangelio Mendoza González.

Sin embargo, en el decreto de Cué Monteagudo, se establece que “todo el personal que siendo titular de una plaza de base haya pasado a un cargo de confianza, al causar baja en la plaza de confianza, tendrá derecho a regresar a su plaza de base original y a que, para efectos de antigüedad en su base, se le compute todo el tiempo que se haya desempeñado en el puesto de confianza (direcciones, jefaturas y áreas administrativas)”.

“El personal docente que regrese a su plaza de base original será adscrito a las escuelas en función de las necesidades del servicio educativo”, plasma el extra del diario oficial.

Entre otras atribuciones establecidas para el director general del IEEPO, está el expedir los nombramientos de los titulares de las unidades administrativas del IEEPO, así como recibir y acordar suspensiones, renuncias, bajas, terminación de efecto de sus nombramientos y rescindir la relación de trabajo.

Así cómo diseñar y aplicar los instrumentos de evaluación que se consideren necesarios para garantizar la calidad educativa con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos, en el ámbito de su competencia, atendiendo los lineamientos que emita el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación en ejercicio de sus atribuciones.

De la misma forma podrá emitir los nombramientos del personal que cumpla con los requisitos establecidos en las disposiciones que regula el Servicio Profesional Docente y en su caso dar por terminado los del nombramiento en los términos establecidos en las disposiciones legales aplicables.

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