DemocraciaRelaja TEPJF la paridad política

Relaja TEPJF la paridad política

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Soledad Jarquín Edgar

SemMéxico. Cd. de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la tarde noche de este jueves los Lineamientos de paridad de Género, con lo que en los hechos se relaja la paridad.

Con el voto en contra de la Magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, los otros magistrados todos varones votaron a favor de la revocación, luego de que los lineamientos de la Paridad de Género fueron impugnados por dirigentes de los partidos políticos PAN, PRI, PRD, PT y Morena.

Uno de los argumentos para la revocación fue en el sentido de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral excedió sus facultades, violentando otras reglamentaciones.

Sin embargo, feministas como Norma Reyes Terán y Bárbara García Chávez, integrantes de la Red de Mujeres en Plural señalaron que la revocación de los Lineamientos no quiere decir que los partidos políticos no estén obligados a cumplir con la paridad, resguarda constitucionalmente en el artículo 41.

Ambas entrevistadas lamentaron la actitud de algunos integrantes de los partidos políticos al impugnar los lineamientos, que aunque no se pierden del todo pues prevalecerá la jurisprudencia le dan más argumentos a quienes se oponen a la participación política de las mujeres.

La paridad es horizontal y vertical, se aplicará la alternancia, fórmulas de un mismo sexo, ubicación paritaria en distritos electorales y municipios ganadores y perdedores, explicó García Chávez, en tanto que Reyes Terán lamento se pierde el hecho de las mujeres encabecen las listas plurinominales  y que se privilegie al sexo sub-representado en municipios y distritos impares.

En opinión de Reyes Terán, quien es coordinadora de la agencia para el Adelanto de las Mujeres, lo que sucederá es que se relaja la paridad.

Los lineamientos habían sido aprobados apenas el pasado 8 de febrero y se tenía previsto se aplicaran en las elecciones del próximo 5 de junio, este acuerdo del Consejo General, daba al INE la facultad de atracción, por lo que emitía criterios generales para garantizar el cumplimiento al principio de paridad de género en la postulación de candidaturas para todos los cargos de elección popular.

 

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