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A pesar de cuestionar la figura, TEEO deja firmes administradores en 2 municipios

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Jaime GUERRERO 

OAXACA (#pagina3.mx).- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ratificó la designación de los administradores municipales, que hizo el Gobernador del Estado, Alejandro Murat Hinojosa, en las comunidades de Ánimas Trujano y San Pedro Topiltepec. 

En el expediente JDCI/49/2017, Francisco Contreras Juárez demandó al Gobernador por  la designación de Leandro Hernández García como administrador municipal de Ánimas Trujano.

El inconforme, aseguró que la determinación de Murat Hinojosa, vulneró el artículo 2 de la Constitución Federal, la cual reconoce el derecho a la libre determinación que tienen la comunidades de elegir a sus autoridades, bajo su sistema normativo interno vigente.

Al analizar este expediente, el Pleno del TEEO, reconoció que la designación no fue apegada a la interpretación de la ley federal, “sin embargo atendiendo a la fecha en que se declaró como no válida la elección y con la finalidad de no violentar los derechos a la libre determinación y autogobierno de la comunidad, el administrador municipal continuará en funciones hasta que se realicen las elecciones correspondientes”.

Respecto a la demanda iniciada por autoridades auxiliares de Santa María Tiltepec, asentada en el expediente JDC/17/2017, en el cual manifestaron su inconformidad respecto al nombramiento de un encargado de la administración municipal de San Pedro Topiltepec, los magistrados consideraron que sí existió una violación a su autonomía, ya que previo al nombramiento de un administrador municipal se debió consultar al municipio en mención.

No obstante, lo dejaron firme.

Los magistrados, solo admitieron que ha transcurrido un plazo considerable sin que se haya emitido la convocatoria a la elección extraordinaria correspondiente, por ello, solo atinaron a ordenar que se convoque de manera inmediata a una nueva elección, “confirmando por única ocasión el nombramiento del administrador municipal”, (sic).

Revés a la Segego

Y al resolver el expediente JDC/32/2017, por el que Leonardo Díaz Vásquez, en su carácter de Regidor Suplente de San Lucas Ojitlán, impugnó la omisión del Presidente Municipal de tomarle protesta debido a la renuncia del Concejal Propietario, al respecto la autoridad responsable justificó su acción manifestando que el propietario y suplente renunciaron al cargo y por ello fue designada una tercera persona para ocupar el cargo.

Respecto a este asunto, los magistrados solicitaron a la Secretaría General de Gobierno dejar sin efectos la acreditación de Zenaida Orozco Cortés como Regidora de Seguridad de San Lucas Ojitlán y ordenaron al Presidente Municipal de dicha localidad requerir la ratificación de las renuncias precisadas y realizar el procedimiento conforme a lo establecido en Ley Orgánica Municipal.

En tanto, por mayoría de votos, el Pleno del TEEO invalidó la elección en la Agencia de Policía de Arroyo de Enmedio, lo anterior al resolver el expediente JDC/27/2017, mediante el cual Zetina Mejía Fortino impugnó la indebida designación por parte del cabildo de Acatlán de Pérez Figueroa del Agente de Policía de la comunidad en cuestión.

En el análisis del asunto, los magistrados consideraron que no se acreditó la publicidad de la fecha, lugar y hora determinada para celebrar la asamblea de elección de Agente de Policía, además que el resultado de la votación asentado en el acta correspondiente no es veraz, real y apegado a los hechos suscitados durante la elección.

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