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Morena vs Morena, tumban candidatura a regidor capitalino, a ex vocero de la APPO

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#pagina3.mx).- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), revocó el registro de César David Mateos Benítez, en planilla a la presidencia municipal capitalina, y ordenó al IEEPCO otorgar el registro a Ismael Cruz Gaytán, como candidato propietario a concejal en el lugar número cinco de prelación, en la planilla postulada por la coalición “Juntos Haremos Historia”, que encabeza Oswaldo García Jarquín.

De acuerdo a los magistrados, en el expediente se encuentra copia del acta de insaculación para la elaboración de la lista de orden de prelación de candidatos a regidores que registró MORENA para el proceso electoral, de donde se comprueba que el ciudadano Ismael Cruz Gaytán, fue designado en el número uno de la lista de prelación.

El litigio electoral fue entre aspirantes de Morena.

Con ello, se cae la candidatura del ex vocero de la APPO, y actor que forma parte del grupo político del ex diputado del PT, Flavio Sosa Villavicencio, cuyo hermano, Horacio Sosa Villavicencio, es candidato a diputado local por el distrito XVI, con cabecera en Zimatlán de Álvarez, por la coalición Morena-PT-PES.

En tanto, los magistrados del TEEO, confirmaron la negativa de registro de Aurelio García, como candidato a concejal en la posición número tres de la planilla postulada por el PAN al Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez.

Ello porque analizada la normatividad del PAN, se concluye que la facultad de sustituir candidaturas, es exclusiva de las Comisiones Permanentes Nacionales y Estatales, y en casos urgentes dicha facultad recae en el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, lo que en este caso no ocurrió, porque los accionantes postularon su candidatura a través de un procedimiento diverso.

Así mismo, desecharon la demanda de Dan Guerrero Martínez y Ariadna Cruz Ortiz, porque se actualiza la causal de improcedencia dado que los demandantes carecen de interés jurídico, lo anterior en virtud que la autoridad responsable informó que no se encuentran acreditados como como miembros del Comité Ejecutivo Estatal del PRD o MORENA.

De paso, los Magistrados del TEEO, calificaron como inexistentes los presuntos actos anticipados de campaña de David Aguilar Robles, porque no se acreditaron los elementos temporal, subjetivo y personal, exigidos por el tipo normativo, pues en los elementos de prueba únicamente se acredita la existencia de una entrevista al Diputado Federal David Aguilar Robles tomada de la red social Facebook.

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