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Cabildo de Oaxaca, no autoriza instalación de tianguis ni reapertura de comercios hasta que semaforo sea naranja

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Jaime GUERRERO

OAXACA (#página3.mx).- Por decisión del Cabildo del municipio de Oaxaca de Juárez, no se autoriza la instalación del Tianguis ambulantes ni comerciantes en vía pública y se mantendrán las medidas de restricción para evitar la propagación del COVID19 en la capital del Estado, hasta que, el semaforo de riesgo cambie a naranja.

Con esa determinación, no se podrán reanudar actividades no esenciales, éste miércoles 1 de julio.

El acuerdo propuesto por el Presidente Municipal Oswaldo García Jarquín, fue aprobado por unanimidad, para salvaguardar la salud de las personas, luego de que el Gobierno federal anunció que de la semana del 29 de junio al 5 de julio, el semáforo de riesgo continuará en rojo para Oaxaca.

En la única intervención, la regidora del PAN, Mirna López Torres, pidió entender que la decisión del cabildo se toma porque los contagios siguen en aumento. Pidió a la ciudadanía no bajar la guardia y si se mantienen los cuidados, se podrá transitar al semáforo naranja y así reactivar las actividades.

De acuerdo con la Secretaría de Salud federal, para decretar el indicador rojo se toma en cuenta el número de contagios acumulado en los últimos días, la ocupación hospitalaria y de la tendencia de los casos sospechosos a COVID-19 registrados también en los últimos días.

Al 30 de junio, los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), informaron que van 5 mil 347 personas que se han contagiado del COVID19, desde el pasado 14 de marzo, día en que se reportó el primer caso. No obstante, 4 mil 175 personas se han recuperado de la enfermedad. Actualmente Oaxaca se encuentra en semaforo rojo y las autoridades sanitarias no han autorizado reanudar las actividades no esenciales.

Entre las medidas aprobadas por unanimidad se encuentran: el receso laboral para alrededor de 1 mil 500 empleados sindicalizados del Ayuntamiento, la suspensión temporal de actividades en salones de fiesta, antros, cantinas, bares, centros nocturnos, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros y similares establecidos en la capital del estado.

La suspensión de actividades de los establecimientos comerciales clasificados de Control Normal y de Control Especial, contenidos en el Catálogo de Giros Comerciales, Industriales y de Servicios del Municipio de Oaxaca de Juárez, la suspensión de actividades de los centros o locales comerciales con giros no esenciales de los mercados públicos y Central de Abasto de Oaxaca de Juárez.

Los centros o locales comerciales que expendan alimentos preparados, tendrán prohibido el consumo de los mismos en el propio establecimiento, así como que los centros o locales comerciales con giros esenciales, deberán aplicar las medidas de prevención sanitaria, emitidas por las autoridades competentes.

Solamente podrán continuar en funcionamiento aquellos comercios cuyo giro esté directamente vinculado al cuidado de la salud humana y animal, así como los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI); además, los establecimientos cuyo giro sea la distribución y venta de gasolina o gas y la generación y distribución de agua potable o agua purificada para consumo humano.

También podrán continuar operando, con estricto apego a las medidas sanitarias, aquellos establecimientos que se dediquen a la venta de productos alimenticios básicos para consumo humano y animal, así como los mercados, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y establecimientos dedicados a la venta de artículos de higiene personal y productos de limpieza, lavanderías, productos de ferretería, plomería y electricidad, reparación de aparatos electrodomésticos, telecomunicaciones, control de plagas, servicios relacionados con la reparación y mantenimiento de vehículos, servicios de mensajería, servicios funerarios y de inhumación.

Por lo que respecta a los establecimientos que se dediquen a la elaboración y venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, podrán funcionar únicamente a puerta cerrada en la modalidad de servicio a domicilio

La medida dispone que las instituciones de banca, ahorro y crédito, aseguradoras y casas de empeño, deberán establecer mecanismos de control sanitario que eviten aglomeraciones al exterior de sus sucursales derivados del tiempo de espera por los servicios que prestan; además tendrán que observar las disposiciones de sana distancia.

Asimismo, se ordena que los comercios cuya licencia les autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, deberán suspender dicho servicio a partir de las 18:00 horas.

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