España fue el primer país que resolvió en los tribunales el derecho al olvido ante Google.
Los usuarios que soliciten a Google el borrado de datos que consideren lesivos para su reputación tendrán que dirigir la petición directamente a la empresa matriz, Google Inc., con sede en California (Estados Unidos).
“Google Spain”, sostiene ahora el alto Tribunal, “no desarrolla ninguna actividad de tratamiento de datos, no interviene de ningún modo en la actividad del buscador de Google ni de Blogger”.
El Supremo considera que no cabe hablar de corresponsabilidad solo por el hecho de que ambas compañías formen una unidad de negocio.
El gigante de Internet aducía entonces que no utilizaba filiales para el tratamiento de datos.
Fuente: http://elpais.com/politica/2016/03/14/actualidad/1457981707_124835.html
