El consejero electoral, Gerardo García Marroquín señaló que: «Las campañas de la alianza de esos institutos políticos van corriendo, continúan incluso el día de hoy, no obstante, sólo podrán ser campañas genéricas».
Ambos postulantes podrán impugnar la decisión del tribunal, cumplir con los requisitos establecidos o ser reemplazados por otros que cumplan con los criterios de competitividad.
Por otra parte, los magistrados consideraron que Juan Mendoza es inelegible, pues no se separó de su cargo a tiempo.
Hay dos tipos de clasificación de candidatos: los competitivos y los menos competitivos; es ahí donde tiene que haber un número igual de registros de mujeres y de hombres», resaltó.
«Las tablas de competitividad son el instrumento que nos guía en esas decisiones de paridad de género.
Fuente: http://www.noticiasnet.mx/nota/9949/solo-podran-realizar-campanas-sin-nombrar-los-candidatos
