Respecto al carácter de altos cargos de estos puestos no hay duda: el portal de la transparencia, web oficial del Gobierno, incluye los currículos de todos ellos entre los altos cargos del Ministerio de Defensa.
La única excepción a la abstención general de nombrar altos cargos la ha protagonizado Defensa.
A principios de este año la Abogacía del Estado hizo una nota interpretativa de la Ley del Gobierno en la que dejaba claro que el nombramiento de altos cargos no figura entre las competencias del Ejecutivo en funciones.
Lo que Defensa no ha hecho hasta ahora es “acreditar expresamente” las razones de interés general que justifican esta actuación, como le exige la ley.
Además, agregó, “aunque están equiparados a altos cargos por su procedimiento de nombramiento [real decreto], no son puestos políticos sino militares y todos los casos se corresponden con puestos de la estructura de las Fuerzas Armadas”.
Fuente: http://elpais.com/politica/2016/09/03/actualidad/1472916073_921459.html
