Un artículo reciente publicado en la revista Demographic Research fijó en un 10% los matrimonios que se celebran en todo el mundo entre primos carnales o primos segundos.
En el caso de tíos y sobrinos (tercer grado), sería posible, pero solo con una dispensa judicial.
Esta dolencia, aunque puede presentarse en el contexto de familias no emparentadas, es más frecuente cuando los progenitores tienen una relación de consanguinidad”, declara Blanco.
Con nuestros primos nos une un parentesco de cuarto grado, por lo que no habría ningún problema.
De hecho, dar el “sí, quiero” con un pariente cercano es perfectamente legal en casi todo el mundo occidental, con algunas excepciones.
Fuente original: La verdad de por qué no nos casamos con nuestros primos (aunque sea legal) | BuenaVida | EL PAÍS
