Jaime GUERRERO
Oaxaca, Oax. (pagina3.mx).- El ex consejero de Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Víctor Leonel Juan Martínez, salió al paso de los señalamientos en su contra y aseguró que la indemnización a su “es un tema de derechos vulnerados, no de recursos económicos.
Juan Martínez, quien junto con Juan Pablo Morales interpusieran el Juicio de Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano (JDC) fueron favorecidos con la resolución y obtendrían una vez que el Congreso del Estado, realice su reforma electoral, un pago de compensación de 2.3 millones de pesos.
El ex consejero, aseguró que la atención mediática se ha desviado a una situación “que, sacada de contexto, parece frívola y escandalosa”.
Juan Martínez, reprochó que no se ha advertido los alcances de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEPJO), y el precedente en materia de protección a los derechos fundamentales y a la autonomía de los órganos autónomos.
Uno de los motivos de la controversia ante los tribunales es la protección de la autonomía de los órganos autónomos, aseguró Juan Martínez.
“Los consejeros electorales no son empleados de alguno de los poderes, ni se les otorgan nombramientos de confianza. Un principio fijado por la doctrina es su inamovilidad, esto es, no pueden ser removidos durante el periodo por el que fueron nombrados, ello es garantía de su independencia e imparcialidad al no estar sujetos a los caprichos de los actores políticos, que intentan siempre el control del árbitro electoral, la presión, con la amenaza del despido”, asestó.
Cuestionó que con la llegada de un nuevo gobernante o partido en el poder, buscan eludir ese principio y creen que con sólo reformar leyes y dar otro nombre al organismo pueden cambiar a los titulares.
Refirió que para evitar esta trampa, los tribunales han sentado jurisprudencia de que eso no basta para el relevo de consejeros.
“Esa trampa legal se aplica con la reforma del 2014; los resultados están a la vista, hay un intento regresivo de controlar al árbitro electoral y se ha desplazado a la ciudadanía de los mismos”, cuestionó.
Juan Martínez, argumentó que eso fue lo que se defendió y fue valioso de la sentencia: los derechos fundamentales no pueden ser conculcados ni con una reforma constitucional; y deja un precedente adicional: el principio de inamovilidad-autonomía no puede vulnerarse arbitrariamente”.
Aun cuando participaron en el proceso de elección de nuevos consejeros del IEEPCO, justificó que lo hizo como parte de un ejercicio ciudadano para aprovechar los resquicios legales y no dejar el campo abierto a la clase política.
Aseguró que en su juicio de protección de derechos políticos, no establecieron algún monto, sino presentamos la información oficial sobre sus percepciones; y se reclamaba que no se puede remover a los consejeros electorales, pues se violan derechos fundamentales.
“Hacerlo de manera arbitraria tiene costos para la clase política, que se traduce en la indemnización”, justificó.
Juan Martínez, advirtió que se elevan los costos políticos, sociales y económicos al inhibir la arbitrariedad con que se vulneran instituciones.
Insistió que lo que se ganó fue un derecho; “no es dinero mal habido, no es fruto de la corrupción, no es un ‘pendientito’ que por favorecer a alguien, no se desviaron o robaron. Ya estaremos definiendo cómo los emplearemos en tareas ciudadanas”, completó.