Jaime GUERRERO
Este viernes fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y entran en vigor las nuevas obligaciones para proveedores de servicios con cobros automáticos recurrentes.
Entre las principales disposiciones se encuentra la obligación de permitir la cancelación inmediata de suscripciones y membresías y de respetar la decisión de las personas consumidoras al respecto.
La reforma adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la LFPC, con el fin de garantizar mayor transparencia y protección para quienes contratan servicios digitales y otros modelos de suscripción con pagos periódicos.
El decreto especifica que los proveedores deberán abstenerse de usar estrategias de venta o publicidad que no proporcionen información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, con especial atención a prácticas dirigidas a grupos vulnerables como niños, personas mayores o enfermas, incorporando advertencias cuando la información no sea adecuada para estas audiencias.
De acuerdo con la reforma, los proveedores deben implementar mecanismos que permitan a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata, sin contravenir lo pactado en el contrato.
El texto legal también obliga a los proveedores a informar de manera clara, destacada y accesible si el servicio contratado implica cobros automáticos recurrentes, detallando la periodicidad, el monto y la fecha de cada cargo.
Estos cobros solo podrán efectuarse con el consentimiento expreso e informado de la persona consumidora.
En los casos en que el contrato contemple una renovación automática, se deberá notificar a la persona usuaria al menos cinco días naturales antes de efectuar el cobro, y permitir que pueda cancelarlo sin penalización alguna.
El diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política en la Cámara de Diputados y promotor de la iniciativa conocida como “Click to Cancel”, afirmó que la reforma busca proteger a millones de personas que enfrentaban cobros automáticos sin aviso y procesos de cancelación complicados en plataformas de streaming, música y otros servicios digitales.
La publicación en el DOF marca que la reforma entrará en vigor a partir del 13 de diciembre de 2025, un día después de su publicación oficial.
Desde ese momento, tanto proveedores nacionales como internacionales de servicios digitales deberán cumplir con las nuevas reglas y garantizar a las personas consumidoras mayor control sobre sus decisiones de consumo.
Organismos como la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) han señalado que las nuevas disposiciones también aplican a sectores como televisión de paga, telefonía e internet, ampliando así la protección al usuario más allá de las plataformas de entretenimiento.
Con esta reforma, México se suma a las tendencias globales de regulación en materia de derechos del consumidor digital, poniendo énfasis en la claridad contractual y en mecanismos efectivos para la cancelación de servicios con cobros recurrentes.
