SociedadImpugnan designación de conductora de CORTV como funcionaria electoral

Impugnan designación de conductora de CORTV como funcionaria electoral

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Ciudadanos inconformes impugnaron la designación de la exconductora de la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (CORTV), Jazmín Aquino Cruz, como presidenta del consejo distrital electoral en Zimatlán de Álvarez, por tener vínculos con el Partido Social Demócrata de Oaxaca (PSD). 

El consejero electoral suplente Adolfo Díaz Bailón, interpuso el recurso ante el Tribunal Electoral de Oaxaca al ser inelegible para desempeñarse como presidenta del Consejo Distrital Electoral número 16 con cabecera en Zimatlán.

Recordó que el pasado 23 de diciembre, el consejero presidente del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Gustavo Meixuiero Nájera, tomó protesta de ley a Jazmín Aquino Cruz. Díaz Bailón refirió que el día 24 de diciembre de 2015, en el portal oficial del IEEPCO apareció un video de la toma de protesta a los consejeros presidentes de los 25 concejos distritales en Oaxaca, pese a que se viola la Ley Electoral.

Reveló que Jazmín Aquino Cruz es hija de Hugo Jesús Aquino Cruz, actual regidor de Ecología del ayuntamiento de Zimatlán de Álvarez y quien participó como candidato a la presidencia municipal de Zimatlán en el año 2013 por el Partido Social Demócrata. Reiteró que tanto Jazmín Aquino Cruz, como Hugo Jesús Aquino Cruz, están actualmente afiliados al Partido Social Demócrata de Oaxaca, que dirige el diputado local Manuel Pérez Morales y familia. De la misma forma, apuntó que además existen credenciales de afiliación de ambos ciudadanos.

Enfatizó que Aquino Cruz es inelegible para ocupar dicho puesto, dado que viola la ley en perjuicio de la sociedad. Sin duda con la designación avalada por los consejeros electorales se violentan los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, establecidos en la ley, dijo.

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Externó que su designación trasgrede diversos ordenamientos, mismos que establecen que las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.

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