La Cámara de Diputados aprobó reformas a la legislación sobre trata de personas y regresó la minuta al Senado, con lo que seguirá la revisión del articulado para garantizar la efectiva aplicación de la norma.
Desde abril pasado, el Senado envió a la Cámara baja una reforma para corregir 60 «errores» de la ley en vigor y que han impedido combatir el delito de trata en sus diversas manifestaciones.
Desde entonces, la Cámara baja organizó foros y audiencias para analizar cambios que hizo el Senado.
Los diputados cambiaron el nombre de la iniciativa y sólo se llamará Ley General en Materia de Trata de Personas.
Señalan que cometerá el delito de trata quien explote a una persona ya sea mediante amenaza, uso de la fuerza, engaño, seducción, abuso de poder, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, ofrecimiento, concesión o recepción de un pago o beneficio a un tercero que ejerza dirección, influencia o autoridad sobre otra.
Además, ajustaron algunas sanciones penales contenidas en la legislación vigente.
Se impondrán de 10 a 25 años de prisión y de un mil a 20 mil días de multa, a quien, para sí o para un tercero, consiga, capte, enganche, transporte, traslade, aloje, reciba, retenga, entregue, oculte, reclute o transfiera a una persona con fines de explotación.
Asimismo, se impondrá la misma pena a quien tenga o mantenga a una persona en condición de servidumbre.
Se sancionará con pena de 15 a 30 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, a quien explote la prostitución ajena, a través de cualquier acción dolosa.
La reforma fue aprobada con 371 votos a favor.