Emite la CNDH recomendación al gobierno de Murat por el desplazamiento forzado de triquis de Tierra Blanca

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Yosoyuxi
Pedro Matías
  • Dan tres meses a Murat, al presidente de Juxtlahuaca y al fiscal Arturo Peimbert para cumplir con la recomendación 36/2022

OAXACA, Oax. (pagina3.mx).- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 36/2022 al gobierno del priista Alejandro Murat Hinojosa por el desplazamiento forzado interno de unas 200 familias de la comunidad indígena Triqui de Tierra Blanca Copala, misma que se encuentra refugiada en Yosoyuxi y en la Ciudad de México.

Sin embargo, el presidente del Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (CEDHAPI), Maurilio Santiago Reyes, hizo un extrañamiento a la CNDH porque fue omisa en responsabilizar y recomendar a autoridades del Gobierno Federal que están obligadas a atender casos de desplazamiento forzado interno de personas como lo establecer el Derecho Internacional Humanitario.

Considera que el gobierno federal también está obligado a proteger los derechos de las personas desplazadas que son de comunidades indígenas y cuyos derechos están consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.

El desplazamiento forzado interno de la comunidad indígena Triqui de Tierra Blanca ocurrió luego de los ataques armados perpetrados el 26 de diciembre de 2020 que dejó un muerto y tres heridos.

Posteriormente, el 29 de diciembre de 2020, personas armadas despojaron a las víctimas de sus propiedades a la fuerza y bloquearon la entrada principal para evitar que la gente y vehículos salieran o entraran, por lo cual ante el temor de perder la vida, alrededor de 200 familias de personas indígenas Triquis (adultas mayores, niñas y niños, hombres y mujeres) se hallaron obligadas a desplazarse de la comunidad huyendo con lo único que traían puesto, caminando por alrededor de 6 kilómetros hacia la localidad de Concepción Carrizal y otros a Yosoyuxi.

La recomendación va dirigida al gobernador Murat Hinojosa, al presidente municipal de Juxtlahuaca Oaxaca Arsenio Lorenzo Mejía García y al Fiscal General del Estado de Oaxaca, Arturo de Jesús Peimbert Calvo, al tiempo que les dan un plazo de tres meses para dar cumplimiento.

En el informe de la CNDH, refiere que una de las consecuencias del desplazamiento forzado de las personas de la comunidad indígena triqui de Tierra Blanca Copala, fue la imposibilidad de subsistir por sus propios medios, así como ejercer sus derechos de manera libre y voluntaria, tener un lugar físico para vivir y alimentarse, trabajar, acceder a educación ó tener los medios y recursos para acceder a centros de salud.

También reconoce que existe desplazamiento forzado interno de personas de la comunidad de Tierra Blanca Copala, perteneciente al municipio de Juxtlahuaca y algunas familias se encuentran viviendo en la comunidad de Yosoyuxi, sin especificar que hay personas desplazadas en otros lugares, así como en la Ciudad de México.

Por tal razón, la CNDH recomienda al gobernador que realice un plan de trabajo que tenga como objetivo principal impulsar el funcionamiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado y que remita a la CNDH, dentro del plazo de 3 meses, las constancias que acredite su cumplimiento.

Y que de manera conjunta el gobernador y el presidente municipal de Santiago Juxtlahuaca reparen integralmente el daño a las víctimas del presente caso, debiendo para ello inscribirlas en el Registro Nacional de Victimas de acuerdo con la ley de víctimas para el Estado de Oaxaca y la Ley General de víctimas.

Así mismo, pide que se les proporcione el tratamiento médico, psicológico y tanatológico de manera culturalmente apropiada, según corresponda, el que sea necesario para establecer su salud física y emocional con la finalidad de reducir los padecimientos que presentan en cada situación particular, entre otras recomendaciones.

Además, recomienda a las autoridades del gobierno de Oaxaca que de manera conjunta con los Ayuntamientos municipales y los sistemas DIF estatal y municipal deberán diseñar un protocolo de actuación dirigido a los diferentes autoridades estatales y municipales encaradas de garantizar los derechos de las personas desplazadas particularmente a la vida, la salud, a la alimentación, a la vivienda o a un alojamiento temporal, a la educación entre otros, para que puedan brindar las medidas de atención a la población desplazada de manera eficaz posible y cumplir con su obligaciones de proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de la victimas de desplazamiento forzado interno.

Mientras que al Fiscal General del Estado de Oaxaca le recomienda que se brinde a las víctimas en las carpetas de investigación 1, 2 y 3 y demás familiares que acrediten el derecho por la vulneración al derecho humano de acceso de justicia, la reparación integral por los daños causados que incluya la compensación justa y suficiente, así como la atención medica psicológica y tanatológica que en sus casos requiera, con motivo de las violaciones de derechos humanos evidenciadas.

Y que diseñe e implemente un protocolo de actuación para casos de desplazamiento forzado interno de personas mediante el cual se investiguen los hechos y delitos relacionados con el desplazamiento.

Así como diseñar e impartir en un plazo de 3 meses contados a partir de la aceptación de la presente recomendación un curso obligatorio de capacitación en materia de derechos humanos a las personas titulares de las agencias del Ministerio Público adscritas a la Fiscalía Regional de la Mixteca, relacionado con la integración de investigaciones ministeriales en casos como los analizados en la presente recomendación.