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El Papa decreta la expulsión de los obispos que oculten casos de abusos sexuales

27/06/2016 · Agencia Informativa Conacyt

El Código de Derecho Canónico establece en su artículo 193 que «nadie puede ser removido de un oficio conferido por tiempo indefinido, a no ser por causas graves».
El decreto, que entrará en vigor el domingo, refuerza los artículos del Código de Derecho Canónico en los que se estipula la posibilidad de expulsar a un eclesiástico por «causas graves».
Jorge Mario Bergoglio advierte: «Con el presente documento pretendo precisar que entre las denominadas ‘causas graves’ se incluye la negligencia de los obispos en el ejercicio de sus funciones, particularmente en relación con los casos de abusos sexuales a menores y adultos vulnerables».
Esta reforma entrará en vigor a partir de mañana, una vez sea publicada en la gaceta oficial de la Santa Sede, L’Osservatore Romano.
Unos daños que pueden repercutir en personas físicas o en la propia comunidad, ya sea en forma de perjuicio «físico, moral, espiritual o patrimonial».


Fuente: http://elpais.com/internacional/2016/06/04/actualidad/1465039707_466740.html

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