Reforma al artículo 29 niega el estado de derecho
Los abogados observamos con gran preocupación que existe una clara tendencia gubernamental hacia la minimización de la importancia de los derechos humanos y la abierta confrontación con las instancias internacionales competentes en la materia: el Alto Comisionado de Naciones Unidas en Materia de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el relator especial sobre la Tortura, el Comité contra las Desapariciones Forzadas y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes.
El artículo 2 señala que la restricción o suspensión sólo procederá en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto .
Dada esa omisión, hay riesgo de que la interpretación sea realizada a conveniencia propia o con base en criterios políticos, contraviniendo el espíritu y principios de una sociedad democrática.
Igualmente, dispone que estos supuestos deben interpretarse con base en los estándares internacionales.
El proyecto suscita fuertes inquietudes por las siguientes razones:1.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2016/04/05/opinion/024a1pol

