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Límites en las redes sociales, sólo cuando atentan contra libertad de expresión y democracia: TEPJF

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Jaime GUERRERO

OAXACA, (#página3.mx).- Pedro Esteban Penagos López, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aseguró que los límites para el ejercicio y uso de las redes sociales deben aplicarse únicamente cuando éstas atenten contra la libertad de expresión y la democracia.

Propuso que la regulación en materia de ciberespacio se debe canalizar hacia los bancos de información que hay en las redes sociales como Facebook y Twitter. “En esos bancos de datos hay información que en un momento dado subió una persona, hay datos verdaderos o falsos y es del dominio público y a disposición del mismo”, dijo.

“Los juzgadores debemos velar por que las redes sociales sean el medio que posibilite el ejercicio abierto, plural y expansivo de los derechos de libertad de información y libertad de expresión como una forma de empoderamiento de la ciudadanía para la emisión de un voto mejor informado”, agregó al participar en la Mesa de discusión “Libertad de expresión: el uso de las de las redes sociales en los procesos electorales”.

Penagos López enfatizó que sólo cuando existan condiciones que atenten contra la libertad de expresión, contra la democracia, entonces deberán aplicarse los límites necesarios.

Garantizó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación velará por la protección de aquellos espacios físicos y virtuales en los que se posibilite el ejercicio pleno y auténtico del derecho humano de libertad de expresión.

El Magistrado indicó que las redes sociales son instrumentos técnicos que le permiten al ciudadano el ejercicio de la libertad de expresión.

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“Esas redes como mecanismos de comunicación multidireccional, libres, directos, ágiles, expeditos, económicos son la herramienta que empodera actualmente al ciudadano, al proveerlo de información y darle la oportunidad de crearla y dirigirla hacia los diversos espacios deliberativos del ciberespacio”, añadió.

Gabriela Villafuerte Coello, magistrada de la Sala Regional Especializada del TEPJF, mencionó que los juzgadores deben conocer los alcances de la tecnología.

“El reto de los jueces es ser modernos, adaptarnos a la tecnología, pero no estar a la moda, el protagonismo es otra cosa”, señaló.

Detalló que invocar razones de orden público para restringir a una persona el ejercicio del derecho a circular por Internet requiere la comprobación de causas reales y verificables, es decir, que hubiese amenaza o perturbación potencial.

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