Las empresas de cable están obligadas a retransmitir las señales de televisión abierta, ya sea en transmisión radiodifundida o en señales radiodifundidas multiprogramadas, sostiene el proyecto elaborado por Eduardo Medina Moral, el cual será discutido este miércoles por la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El proyecto señala que la norma es constitucional, por lo que niega el amparo a las quejosas y ordena que el asunto se reenvíe a un tribunal colegiado para que analice las cuestiones de legalidad.
Ciudad de México.
Alegan que el Constituyente Permanente, en ningún momento se refirió a la retransmisión de señales radiodifundidas multiprogramadas, por lo que el citado artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión excedió el mandato constitucional, al imponer obligaciones adicionales a los concesionarios de televisión restringida.
Sin embargo, precisa que su proyecto solamente analizará los argumentos relativos a la inconstitucionalidad del artículo 159 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, toda vez que el estudio del resto de conceptos de violación corresponde al Tribunal Colegiado de Circuito que previno en el conocimiento del presente asunto.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/03/29/a-la-corte-debate-sobre-empresas-de-cable-y-tv-abierta-6311.html
