FPR imputa a edil de Miahuatlán en atentado contra exalcalde y eleva a 33 la cifra de activistas asesinados en Oaxaca
FPR imputa a edil de Miahuatlán en atentado contra exalcalde y eleva a 33 la cifra de activistas asesinados en Oaxaca
La organización exige la renuncia de César Figueroa. La acusación no ha sido acreditada por la Fiscalía y el conteo de víctimas contradice registros difundidos dos meses antes.
El Frente Popular Revolucionario (FPR) responsabilizó públicamente al presidente municipal de Miahuatlán de Porfirio Díaz, César Figueroa Jiménez, del atentado contra el exalcalde José Alberto Martínez Luna y exigió su renuncia. La organización también señaló al gobierno estatal por presunta omisión o contubernio.
El señalamiento forma parte de un pronunciamiento político. Hasta el cierre de esta edición, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca no había informado de elementos ministeriales que acreditaran la participación del edil o de funcionarios estatales como autores materiales o intelectuales.
Tampoco se localizó una respuesta pública del Ayuntamiento de Miahuatlán frente a la exigencia de renuncia y la acusación formulada por el FPR. Página 3 mantiene abierto el derecho de réplica.
Presunción de inocencia
César Figueroa no ha sido declarado responsable por una autoridad judicial. La acusación del FPR debe investigarse y contrastarse; publicarla como parte del debate público no equivale a validarla penalmente.
Un muerto y dos heridos
La agresión ocurrió alrededor de las 19:00 horas del 22 de junio, cuando un vehículo gris interceptó la unidad en la que viajaban Martínez Luna y sus acompañantes sobre la carretera federal 175, cerca del acceso a San Juan Bosco.
Juan José Cruz Padilla, integrante de la Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial (PABIC), militante del FPR y escolta del exalcalde, murió durante el ataque. Martínez Luna resultó herido junto con otro elemento de seguridad identificado por la organización como Jesús Sabas.
El FPR atribuyó la agresión a las posiciones públicas de Martínez Luna y del Comité Regional de la Sierra Sur frente a la huelga magisterial, a denuncias por compromisos gubernamentales incumplidos, al proyecto de basurero municipal y a conflictos con comerciantes. Esas líneas corresponden a la versión de la organización y requieren verificación ministerial independiente.
El conteo de 33 no cierra
El FPR afirmó que con la muerte de Cruz Padilla suman 33 activistas asesinados durante la administración de Salomón Jara. Sin embargo, Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca, Espacio OSC y Servicios para una Educación Alternativa (Educa) ya habían reportado 33 personas defensoras asesinadas en abril y mayo de 2026.
Si Cruz Padilla es incorporado bajo la misma metodología, el total aritmético sería distinto. La organización debe publicar su listado nominal, criterios de inclusión y fecha de corte para determinar si excluye algún caso previo o si utiliza una categoría diferente a “persona defensora”.
El antecedente MIUCO
El comunicado también pidió al Tribunal Superior de Justicia una sentencia en el proceso por el ataque contra José Armando González Santos, hijo de Alicia Santos Flores, dirigente de Mujeres Indígenas y Afros Unidas por el Bien de la Costa Oaxaqueña (MIUCO).
González Santos, entonces estudiante de Biología Ambiental de la UAM, fue atacado a balazos el 30 de junio de 2023 en Santa Rosa de Lima, Villa de Tututepec. Reportes de ese año señalaron que una persona identificada como Diego fue detenida como probable agresora. La exigencia actual del FPR indica que el juicio se encuentra en etapa de conclusión, dato que debe confirmarse con el expediente judicial.
Minería: contexto territorial, no móvil acreditado
El FPR vinculó su denuncia con megaproyectos y minería. Estudios geológicos y organizaciones territoriales identifican regiones mineras denominadas Taviche-Miahuatlán y Zaniza, además de concesiones históricas en Textitlán y la zona chontal de Yautepec.
No se localizó evidencia pública que conecte el atentado con una concesión específica, una empresa minera determinada o una campaña concreta del Comité Regional del FPR contra uno de esos títulos. La Fiscalía debe indagar intereses territoriales si existen antecedentes documentados, sin utilizar el mapa minero como sustituto de pruebas.
Dos versiones de la misma cifra
La coincidencia numérica no significa que los registros contengan a las mismas personas. Sin listas nominales comparables, el dato no puede actualizarse de forma responsable.
Consorcio, Espacio OSC y Educa
Cifra difundida en abril y mayo de 2026, antes del ataque en Miahuatlán.
FPR, después del 22 de junio
El comunicado afirma que la muerte de Cruz Padilla completa ese total, sin publicar el desglose.
El caso José Armando González Santos
Ataque en Tututepec
El estudiante fue herido por disparos en Santa Rosa de Lima.
Detención reportada
MIUCO informó de la captura de un probable agresor identificado como Diego.
Exigen sentencia
El FPR sostiene que el juicio está por concluir; falta confirmación judicial pública.
Sierra Sur y presión extractiva
Estas zonas aparecen en cartografías mineras históricas. Su presencia regional no acredita relación con el atentado.
Región de mineralización identificada por el Servicio Geológico Mexicano; se requiere actualizar títulos vigentes y titulares.
Zona con antecedentes de proyectos de hierro y concesiones históricas en la Sierra Sur.
Organizaciones territoriales han documentado concesiones y resistencias comunitarias en el corredor serrano.
Fiscalizar sin convertir acusaciones en sentencia
Análisis Página 3
La exigencia de renuncia eleva la presión política, pero no reemplaza una investigación. La Fiscalía debe esclarecer el atentado y, al mismo tiempo, explicar por qué el exalcalde contaba con escoltas de dos corporaciones y qué amenazas justificaron esa protección.
Abogado del diablo
El FPR puede interpretar el ataque desde una historia de confrontación y agravios; también puede equivocarse al atribuir autoría. Una acusación sin evidencia puede contaminar la investigación y aumentar el riesgo regional.
Preguntas abiertas
- ¿Qué pruebas entregó el FPR a la FGEO?
- ¿Cuál es la respuesta del ayuntamiento?
- ¿Quién asignó los escoltas?
- ¿Cuál es la lista nominal de 33 casos?
- ¿Existe un conflicto extractivo concreto?
Cómo distingue el periodismo una acusación política de una imputación penal
Una organización social puede responsabilizar públicamente a una autoridad y esa declaración tiene valor noticioso. Página 3 la atribuye a quien la emite, solicita la contraparte y verifica datos asociados, pero no la presenta como culpabilidad demostrada.
En sentido jurídico, la imputación es un acto dentro de un proceso penal mediante el cual el Ministerio Público comunica a una persona los hechos que investiga. La responsabilidad solo puede establecerse mediante pruebas, debido proceso y sentencia judicial. Esta distinción permite fiscalizar al poder sin vulnerar la presunción de inocencia.
