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Busca diputada Magaly López que crímenes contra integrantes de la comunidad LGBTTIQ se investiguen con perspectiva de género

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• Se busca evitar actos de discriminación en contra de este sector de la población.

San Raymundo Jalpan, Oax. 09 de diciembre 2020. La diputada Magaly López Domínguez, propuso al Congreso Local, reformar el Código Penal Estatal, a fin visibilizar los crímenes cometidos en contra de personas de la comunidad LGBTTIQ  y estos se  investiguen de forma exhaustiva y libre de prejuicios.

La legisladora propone adicionar al Código Penal Estatal el Artículo 292 Bis, que a la letra señalaría  que: se cometería  el delito de homicidio por razones de identidad de género u orientación sexual, quien prive de la vida a otra persona y se cumpla por los menos uno de los siguientes supuestos:

Cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo y se le hayan infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras o mutilaciones o signos de asfixia, previos o posteriores a la privación de la vida;

Además se consideraría  homicidio por razones de identidad de género u orientación sexual, cuando existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, aun cuando no haya denuncia, querella o cualquier otro tipo de registro y  existan elementos de odio, homofobia, rechazo o discriminación hacia la orientación sexual o identidad de género de la víctima.

Otro de los preceptos por los que se consideraría  este tipo de delito, es cuando el  cuerpo de la víctima sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público, y se trate de una persona integrante de la comunidad LGBTTTIQ, activista o que forme parte de algún colectivo, colectiva o cualquier organización de defensa de los derechos de identidad de género u orientación sexual o la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento.

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En la propuesta de reforma al Artículo 292 Bis,  la diputada Magaly López, señala que se considera a la identidad de género, cómo la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la experimenta, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.

Así como otras expresiones de género,  como: la vestimenta, el modo de hablar y los modales, y podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida.

La propuesta de reforma fue turnada a la Comisión Permanente para su análisis y dictamen.

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