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Corrupción y fallas procesales liberan a profesor acusado de pederastia en Tehuantepec; exigen investigar a magistrada y ministerios públicos

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Corrupción y fallas procesales liberan a profesor acusado de pederastia en Tehuantepec; exigen investigar a magistrada y ministerios públicos

Justicia bajo escrutinio · Istmo

Corrupción y fallas procesales liberan a profesor acusado de pederastia en Tehuantepec; exigen investigar a magistrada y ministerios públicos

Familiares de las víctimas señalan a personal del CEJUM de Juchitán por exigir dinero para mover la carpeta; la resolución de la magistrada Alba Osorio Velasco permitió la salida del imputado mientras el proceso penal continúa.

Por Jaime Guerrero Causa penal 571/2025 Tehuantepec, Oaxaca

La liberación de Juan N., profesor acusado de pederastia y abuso sexual contra alumnas de la Escuela Secundaria Jaime Torres Bodet, en Santo Domingo Tehuantepec, abrió una nueva crisis de confianza en las instituciones de justicia de Oaxaca: familiares de las víctimas denuncian corrupción en el CEJUM de Juchitán y cuestionan la resolución emitida por la magistrada Alba Osorio Velasco, integrante de la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Los padres de una de las víctimas denunciaron formalmente a Citlali Cortés Villalobos, agente del Ministerio Público adscrita al Centro de Justicia para las Mujeres de Juchitán, por exigirles 50 mil pesos para agilizar la integración de la carpeta de investigación. También señalaron que la funcionaria los canalizó con un psicólogo particular, lo que les generó una deuda cercana a los 47 mil pesos.

El caso, que involucra a adolescentes víctimas de violencia sexual, exhibe una ruta institucional quebrada: mientras la Fiscalía General del Estado de Oaxaca afirma que judicializó la carpeta por pederastia y mantuvo al imputado en prisión preventiva, la Tercera Sala Penal revocó las determinaciones que sostenían la privación de la libertad del docente.

Tras la denuncia pública de familiares y de la organización Consorcio Oaxaca, el fiscal general Bernardo Rodríguez Alamilla rechazó que la FGEO haya liberado al imputado y afirmó que la salida de prisión derivó de una resolución judicial en apelación.

«Nosotros no soltamos a la persona; quien decretó su libertad fue el Tribunal en una apelación», sostuvo el fiscal Bernardo Rodríguez Alamilla.

De acuerdo con el fiscal, el Tribunal consideró que una serie de actuaciones dentro del proceso «no se cumplieron». La explicación, sin embargo, no responde al fondo de la denuncia de las familias: si hubo fallas procesales, omisiones o actos de corrupción, las instituciones deben explicar quién las cometió, quién las permitió y por qué las víctimas quedaron nuevamente expuestas.

Juan N. permanecía en prisión preventiva desde diciembre de 2025, luego de ser detenido por elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones. La Fiscalía informó que tres adolescentes presentaron denuncias en su contra: dos por acoso sexual y una por pederastia.

La carpeta por pederastia fue judicializada el 6 de diciembre de 2025 y dio origen a la causa penal 571/2025. La resolución de la magistrada Alba Osorio Velasco revocó las determinaciones que mantenían privado de la libertad al imputado, por lo que éste recuperó su libertad mientras continúa el proceso penal.

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La denuncia contra el CEJUM de Juchitán

Los padres, identificados públicamente como Karla y Arturo, denunciaron presuntas omisiones, irregularidades y actos de corrupción por parte de personal de la Fiscalía y del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca. Aseguran que esas actuaciones obstaculizaron el acceso a la justicia para su hija.

La FGEO informó que abrió una investigación interna y un procedimiento administrativo para determinar posibles responsabilidades de la agente ministerial y de otros servidores públicos involucrados en el caso.

«Se está investigando cualquier posible omisión o conducta indebida de personal de la institución», afirmó Rodríguez Alamilla.

IEEPO debe responder si el docente sigue habilitado

El caso también obliga a una respuesta pública del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca. Si el imputado recuperó su libertad, la autoridad educativa debe aclarar si permanece suspendido de sus funciones docentes, si enfrenta un procedimiento administrativo o si existe riesgo de que sea reasignado a otra escuela.

La protección de niñas, niños y adolescentes no termina con la apertura de una carpeta penal. En casos de violencia sexual escolar, el IEEPO debe informar qué medidas administrativas tomó para separar al docente del contacto con estudiantes, qué protocolos activó y si notificó formalmente a las comunidades escolares involucradas.

Cronología del expediente

Dic. 2025
Juan N. fue detenido por elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones y quedó bajo prisión preventiva.
6 dic. 2025
La Fiscalía judicializó la carpeta por pederastia y se abrió la causa penal 571/2025.
2026
La magistrada Alba Osorio Velasco, de la Tercera Sala Penal del TSJE, resolvió una apelación que revocó las determinaciones que mantenían al imputado en prisión.
Esta semana
Familiares y Consorcio Oaxaca denunciaron públicamente omisiones, irregularidades y posibles actos de corrupción en la atención institucional del caso.

El punto que las instituciones evaden

El debate público no puede reducirse a si la Fiscalía o el Tribunal «soltaron» al imputado. La pregunta central es otra: ¿qué fallas procesales fueron utilizadas para revocar la prisión preventiva y quién debe responder por ellas?

En delitos sexuales contra adolescentes, el interés superior de la niñez obliga a las autoridades a actuar con máxima diligencia. Si una resolución judicial encontró errores en la integración o conducción del caso, la ciudadanía tiene derecho a saber si se trató de negligencia técnica, omisión institucional o corrupción.

Pregunta para la mesa de investigación

Si el Tribunal liberó al imputado por fallas en las actuaciones, ¿esas fallas fueron producto de incapacidad técnica de la Fiscalía, de corrupción dentro del CEJUM o de una resolución judicial que dejó en segundo plano la protección de las adolescentes víctimas?

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Cómo verificar el estatus de servidores públicos sancionados

Las «investigaciones internas» anunciadas por las instituciones suelen quedar congeladas si no existe presión pública. Para verificar si una persona servidora pública fue sancionada, la ciudadanía puede consultar el Sistema Nacional de Servidores Públicos Sancionados de la Secretaría de la Función Pública y los portales de transparencia del Poder Judicial y de la Fiscalía estatal.

El seguimiento debe buscar tres datos básicos: nombre completo de la persona investigada, autoridad que abrió el procedimiento y tipo de sanción administrativa, en caso de existir. Si la autoridad solo anuncia una revisión interna pero no publica expediente, resolución o sanción, el caso permanece en opacidad.

Exigen justicia y sanciones

Familiares de las víctimas y organizaciones defensoras de derechos humanos exigen que se esclarezcan las denuncias de corrupción, se sancione cualquier irregularidad y se garantice justicia para las adolescentes afectadas.

La FGEO sostiene que mantiene vigentes las acciones para lograr nuevamente la detención del acusado y continuar con el proceso penal. Pero la salida del imputado ya dejó al descubierto un problema mayor: en Oaxaca, las familias que denuncian violencia sexual contra niñas y adolescentes también deben enfrentar la burocracia, el costo económico de buscar justicia y el riesgo de que las fallas institucionales terminen beneficiando a los agresores.

Pagina3.mx · Esta pieza prioriza el principio de presunción de inocencia del imputado y, al mismo tiempo, fiscaliza la actuación de las autoridades obligadas a proteger a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual.

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